Perfil del contratante
En materia de contratación, la norma de referencia es de nuevo, la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, y la calificación que reciben a la señalada norma se la de poderes adjudicadores no administración pública (PANAP). Esta norma, y establece la sujeción de las sociedades municipales a la normativa sobre Contratación Pública, en la parte que correspondo a la preparación y adjudicación del contrato, quedando sujeta al Derecho Privado, aquello que concierne a los efectos (excepto modificación, que se seguiría la Ley 9/2017) y extinción del contrato (artículo 26.3). Esta circunstancia especial tiene el correspondiente reflejo en las jurisdicciones judiciales que conocerán de la problemática contractual. En consecuencia, si la controversia versa sobre la preparación y adjudicación, será competente la jurisdicción contencioso-administrativa, mientras que, si la conflictividad surge en sede de efectos y extinción, corresponderá a la jurisdicción ordinaria.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA EL LUGAR DE GERENCIA
Las personas interesadas a participar en el procedimiento de selección tendrán que presentar currículum dentro de los diez días naturales siguientes de la publicación de este anuncio en la página web municipal, enviando un correo electrónico. Toda la información aquí (pdf).